Ley mordaza, seguridad y libertad

 

Mano tapando boca.

 

Leía, con estupefacción, en Facebook, la «anécdota» compartida por una usuaria de tal red social. Podéis verla aquí.

Esta chica y otras siete estaban sentadas en la calle, en semicírculo, cada una con su silla, haciendo calceta o ganchillo. Aunque no sea relevante, hay que concretar que estaban haciendo mantas para enviar a Siria, como parte de la iniciativa «La manta de la vida«. Y, estando allí sentadas, pacíficamente, vino la policía y las «disolvió».

Lo que choca es que estas cosas sucedan «por nuestra seguridad» (sí, un grupo de señoras tejiendo es algo altamente peligroso). En efecto, esto es el resultado de aplicar la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana, popularmente conocida como «Ley mordaza«.

En esta Ley (artículo 37), se sanciona, entre otras, la conducta consistente en la celebración de reuniones en lugares de tránsito público incumpliendo lo preceptuado en la Ley Orgánica 9/1983, reguladora del derecho de reunión. Es decir, cualquier reunión que se celebre en la calle tiene que estar autorizada. Pero, ¿de verdad? ¿Cualquier reunión?

Miedo me dan esas personas mayores que, en cualquier pueblo de España, salen a tomar el fresco en verano, a última hora de la tarde, y se juntan, en un momento, en un par de bancos, ocho o diez. O salir a pasear con un par de amigos y encontrarme a otros tres que hace tiempo que no vemos y parar a hablar con ellos. Me parece que llevamos las normas al absurdo. Obviamente, no es ésta la finalidad de la Ley.

En el preámbulo de la propia «Ley mordaza» se dice que se pretenden sancionar conductas que representan un ejercicio extralimitado del derecho de reunión y manifestación y, entre sus fines, en su artículo 3, menciona:

a) La protección del libre ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas y los demás derechos reconocidos y amparados por el ordenamiento jurídico.

b) La garantía del normal funcionamiento de las instituciones.

c) La preservación de la seguridad y la convivencia ciudadanas.

d) El respeto a las Leyes, a la paz y a la seguridad ciudadana en el ejercicio de los derechos y libertades.

e) La protección de las personas y bienes, con especial atención a los menores y a las personas con discapacidad necesitadas de especial protección.

f) La pacífica utilización de vías y demás bienes demaniales y, en general, espacios destinados al uso y disfrute público.

g) La garantía de las condiciones de normalidad en la prestación de los servicios básicos para la comunidad.

h) La prevención de la comisión de delitos e infracciones administrativas directamente relacionadas con los fines indicados en los párrafos anteriores y la sanción de las de esta naturaleza tipificadas en esta Ley.

i) La transparencia en la actuación de los poderes públicos en materia de seguridad ciudadana.

Desde luego, juntarse para tejer no me parece ni un ejercicio extralimitado del derecho de reunión, ni que atente contra ninguno de los fines de la ley de seguridad ciudadana. Así que, pensando de manera lógica, estaría fuera de lo que esta ley persigue. Pero, entonces, no entiendo esta manera de aplicarla…

Está claro que «la seguridad ciudadana se configura como uno de los elementos esenciales del Estado de Derecho», tal y como dice el preámbulo de la «Ley mordaza», pero otro de sus elementos esenciales es la libertad. Y aunque, obviamente, hay que limitar esa libertad de manera que tu libertad no impida la mía, no podemos llegar al punto de controlar cada pequeña parcela de la vida de las personas porque eso hace que pasemos de un «Estado de Derecho» a un «Estado policial».

En este caso, impedir que ocho personas, de manera pacífica y sin hacer manifestación política alguna, simplemente, se sienten a tejer, me parece más propio de una dictadura que de un Estado moderno en el que, constitucionalmente, se garantiza la libertad de los individuos. ¿Qué os parece a vosotros?

De cómo la presión social puede ser más eficaz que la ley

 

Me refiero, por supuesto, a la inciativa Otra TV es posible, que partió del blog de Pablo Herreros (@PabloHerreros).

Es indiscutible que estamos asistiendo a algo increíble y poderoso. El auge de las redes sociales (principalmente, Twitter y Facebook) ha acercado a los inalcanzables, políticos y demás, y ha facilitado que personas que no se conocen de nada se unan en iniciativas (como la de los indignados, o ésta misma). Pero es que, además, lo más increíble y poderoso es que se les escucha, que alcanzan cifras que les permiten hacer presión.

¿Quién iba a pensar que un blog (más Twitter, más Facebook) iba a conseguir que anunciantes tan importantes retiraran sus anuncios de «La Noria»? ¿Quién iba a pensar que dejaría a «La Noria» sin anuncios y que el problema se extendería, incluso, a todo Telecinco?

A priori, no se podría decir que sea ilegal entrevistar a la madre (o cualquier otro pariente) de un delincuente. Sí puede ser inmoral o poco ético, porque cuando hay un delincuente, hay unas víctimas, directas o indirectas, que son personas y sufren. Por eso, en esos casos, en donde la Ley no puede (ni debe) hacer nada, no cabe duda de que la presión social es mucho más fuerte.

Pero… en realidad… ¿se ha solucionado algo? ¿No va a volver a pasar? No soy la única que lo duda.

De todos modos, siempre nos quedará Twitter.

Sobre la tele… y el control

Hace unos años, el mundo entero tembló con el «pezongate» (léase con ironía; la noticia aquí) y ha resultado que, al final, la justicia ha dado la razón a la CBS, que decía, básicamente, que no podía controlar a los artistas (ver esto más desarrollado). Y esto lleva a que una se pregunte cómo va esto del control de los contenidos «inapropiados» en Estados Unidos…

Resulta que existe un organismo que se llama Comisión Federal de Comunicaciones, que, según su própia web, «regula las comunicaciones interestatales e internacionales por radio, televisión, satélite y cable en los 50 estados, el Distrito de Columbia y territorios de EE.UU. Fue establecida por la Ley de Comunicaciones (Communications Act) de 1934 y opera como una agencia independiente del gobierno EE.UU. supervisada ​​por el Congreso. La comisión está comprometida a ser un organismo ágil, eficiente y eficaz capaz de afrontar las oportunidades tecnológicas y económicas del nuevo milenio

Seguimos buceando por la página y nos encontramos con lo siguiente: «El Congreso da la responsabilidad administrativa a la FCC para la aplicación de las leyes que prohíben la emisión de programas obscenos en cualquier momento y la transmisión de programación indecente o lenguaje obsceno durante ciertas horas. En respuesta a una queja, la FCC puede revocar una licencia de estación, imponer una multa o una advertencia, si una estación transmite material obsceno, indecente o profano.» La Ley de Comunicaciones es de 1934.

Sin embargo, la gente se «rebela». Una cadena norteamericana como la MTV viene a entregar sus Europe Music Awards a Irlanda o a España para hacer cosas como éstas. Es decir que parece que los estadounidenses quieren ver ese tipo de contenidos. No sé si quieren verlos porque no les dejan o si no les dejan porque quieren verlos.

En todo caso, por si alguien tiene una queja sobre un programa de televisión estadounidense, el gobierno de los EEUU nos facilita un formulario ¡en español! así que aquí lo dejo para quien lo quiera.

En España, la Ley General de la Comunicación Audiovisual, de 2010 (ver aquí) prevé la creación de un organismo denominado «Consejo Estatal de Medios Audiovisuales» (ver el Título V, arts. 44 y siguientes), que nos podría recordar al americano, sobre todo, porque sus miembros son nombrados por el gobierno. Pero yo creo que, al margen de eso (y de las inquietudes que nos pueda ocasionar), si llega a existir, no tendrá nada más que ver con la FCC porque, leído el catálogo de infracciones y sanciones, parece de lo más razonable. Al menos, eso parece…

Ley de Agilización Procesal

Estaba mirando mi correo cuando me encontré con el típico email que nos mandan sobre las novedades legislativas y jurisprudenciales. Y se me fue la vista ahí (el recuadro es cosa mía). ¿A qué viene esa aclaración? ¿A quién intentan convencer? ¿Por qué nos quieren convencer?

Obviamente, es una afirmación incierta (ver la Ley). Ya, sin entrar en las cuantías exageradas que son necesarias para acudir  a un recurso de casación, ¿qué os parece no tener derecho a una apelación (civil) si la cuantía de nuestro asunto es inferior a 3.000 euros? ¿No merma nuestras garantías? ¿En cuántos casos nos lo vamos a tener que jugar todo «a una sola baza» (o a una sola sentencia)? En Galicia, tenemos una gran cantidad de pleitos «pequeñitos». Sin ir más lejos, los famosos pleitos por fincas… ¿cuántas valen más de 3.000 euros? Si vemos su valor catastral, casi ninguna. Si vemos lo que nos darían por ellas, ciertamente, muy pocas. Pero es que, además, ¿es nuestro asunto menos importante por tener una cuantía menor? Por supuesto que no. A cada uno le parece importante lo suyo. Si el asunto es administrativo, aún es peor, no podremos apelar si no «vale» más de 30.000 euros.

¿Y qué pasa con las costas en la vía contencioso-administrativa? Antes, no nos condenaban en costas aunque ganase la Administración, pero ahora sí lo harán. ¿Por qué? ¿Qué costas? Nuestro abogado y nuestro procurador tienen que presentar su minuta de honorarios para la tasación de costas. ¿Qué minuta va a presentar el letrado de la Administración? ¿Su nómina? Si presenta algo distinto, tampoco sería justo, porque no es el coste real que ha supuesto el procedimiento para la Administración. A lo mejor, deberíamos dividir la cantidad que cobra entre los asuntos a los que ha atendido ese mes…

Y que luego digan que no se merman las garantías para el justiciable… Lo peor de todo es que a los que me mandan el resumen de las novedades y me dicen esto les pago yo y no el gobierno.

Ley anti-Photoshop

Estamos leyendo últimamente que en Estados Unidos hay voces que reclaman una «ley anti-Photoshop«. La iniciativa parte de Seth y Eva Matlins, de Off Our Chests, que están preocupados porque sus hijos (de cinco y cuatro años) crezcan rodeados de anuncios en los que las modelos parecen perfectas y busquen esa perfección irreal a costa de su felicidad. Así que lo que piden es que en esos anuncios se haga mención expresa a que se han hecho retoques con Photoshop y, para ello, necesitan que se apruebe lo que ellos llaman «Self Esteem Act» o Ley de autoestima.

El propio nombre me parece horrible. ¿Ley de autoestima? ¿Necesitamos que una ley nos obligue a querernos? Es, al menos, cuestionable. No digo que no sea interesante, para que los ingenuos que aún existan dejen de pensar que las modelos y famosas son tan perfectas como nos las pintan, que se diga expresamente que se han retocado las fotos. ¿Pero es realmente necesario? ¿No deberíamos ir más allá? ¿No debería ser una cuestión de educación? Es decir, si los niños crecieran sabiendo, porque así se lo inculcamos, que es más importante tener unos valores y desarrollar la personalidad, que ser perfecto físicamente, y les mostráramos, incluso, que la perfección no existe, en nada, que siempre habrá alguien mejor que tú en cualquier cosa y no por ello vas a dejar de ser feliz, ¿no sería mejor que seguir haciendo leyes que prohíban todo? Con estas cosas, vamos contra nosotros mismos porque cada vez tenemos menos libertades. Es, ciertamente, una cuestión controvertida…

Está muy bien que se haga esa mención para evitar anuncios como los que pongo a continuación y que ya han sido prohibidos por la Advertising Standards Authority en Reino Unido, a instancias de la parlamentaria (o MP) Jo Swinson:

Son casos muy claros, y casi extremos de retoque, si tenemos en cuenta cómo son estas mujeres en su vida diaria (que, por cierto, a mí me gustan más porque se ven reales):

Pero… ¿qué pasa con otros anuncios que usan Photoshop? ¿También se va a advertir su uso o se va a confiar en nuestra inteligencia para que «adivinemos» que se ha usado? Estoy pensando en casos como éstos:

Pues a eso voy. Si somos lo suficientemente inteligentes como para darnos cuenta de que la gente no vuela para coger el Sprite, por mucho que sea light, o que no hay hombres diminutos que construyan un coche, también deberíamos estar educados para saber que la perfección no existe, por mucho que nos la vendan en la publicidad o en las revistas.

Es cierto que la encuesta de la fundación Dove Self-Esteem, en la que basan sus peticiones Seth y Eva Matlins, es verdaderamente preocupante. Según esta encuesta, el 80% de las mujeres se sienten inseguras con su imagen al compararse con las modelos y las famosas que ven en las revistas, y el 71% de las niñas sienten que «no están a la altura», que no son los suficientemente guapas, delgadas o estilosas. Son datos tremendos, pero ¿es la ley la que nos tiene que salvar?

En todo caso, es algo que no sólo están pidiendo en Estados Unidos, sino también en Reino Unido y en Francia, así que no sería de extrañar que pronto nos encontrásemos también con una ley para nosotros. ¡No vamos a ser menos! ¿O es que van los otros países a recortar más derechos que nosotros?