¿Qué infracciones, en materia de tráfico, llevan aparejada la pérdida de puntos?

Cuando «sabemos» que hemos cometido una infracción de tráfico (hemos observado como saltaba la luz de un radar o hacemos alguna maniobra reglamentaria y detectamos que el Pegasus nos ha «pillado», por ejemplo) nos entra la duda de si dicha infracción implica la pérdida de puntos y, en su caso, cuántos nos quitarían. Esta duda nos la resuelve el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre. En el anexo II de dicha norma con rango de ley se recogen las infracciones que llevan aparejada la pérdida de puntos (excepto para los casos de exceso de velocidad):

1. Conducir con una tasa de alcohol superior a la reglamentariamente establecida:
  • Valores mg/l aire espirado, más de 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,30 mg/l)
6
  • Valores mg/l aire espirado, superior a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,15 hasta 0,30 mg/l)
4
2. Conducir con presencia de drogas en el organismo6
3. Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección de alcohol o de la presencia de drogas en el organismo6
4. Conducir de forma temeraria, circular en sentido contrario al establecido o participar en carreras o competiciones no autorizadas6
5. Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico6
6. El exceso en más del 50 por ciento en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 por ciento en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre6
7. La participación o colaboración necesaria de los conductores en la colocación o puesta en funcionamiento de elementos que alteren el normal funcionamiento del uso del tacógrafo o del limitador de velocidad6
8. Conducir un vehículo con un permiso o licencia de conducción que no le habilite para ello4
9. Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes de circulación u obstaculizar la libre circulación4
10. Incumplir las disposiciones legales sobre preferencia de paso, y la obligación de detenerse en la señal de stop, ceda el paso y en los semáforos con luz roja encendida4
11. Incumplir las disposiciones legales sobre adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario y adelantar en lugares o circunstancias de visibilidad reducida4
12.  Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas4
13. Efectuar el cambio de sentido incumpliendo las disposiciones recogidas en esta ley y en los términos establecidos reglamentariamente3
14. Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías4
15. No respetar las señales o las órdenes de los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico4
16. No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede4
17. Conducir utilizando cualquier tipo de casco de audio o auricular conectado a aparatos receptores o reproductores de sonido u otros dispositivos que disminuyan la atención permanente a la conducción o utilizar manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación3
18. No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección3
19. Conducir un vehículo teniendo suspendida la autorización administrativa para conducir o teniendo prohibido el uso del vehículo que se conduce4
20. Conducir vehículos utilizando mecanismos de detección de radares o cinemómetros3

Por lo que respecta a las sanciones y puntos en el caso de que la infracción cometida sea la de exceso de velocidad, el anexo IV de la norma, establece el siguiente cuadro:

Límite2030405060708090100110120130MultaPuntos
Exceso velocidadGrave21

40

31

50

41

60

51

70

61

90

71

100

81

110

91

120

101

130

111

140

121

150

131

150

100
41

50

51

60

61

70

71

80

91

110

101

120

111

130

121

140

131

150

141

160

151

170

151

170

3002
51

60

61

70

71

80

81

90

111

120

121

130

131

140

141

150

151

160

161

170

171

180

171

180

4004
61

70

71

80

81

90

91

100

121

130

131

140

141

150

151

160

161

170

171

180

181

190

181

190

5006
Muy grave7181911011311411511611711811911916006

No podemos olvidar, que determinadas conductas al volante puede ir más allás de una infracción adiministrativa y ser constitutivas de delito; te recomendamos que leas nuestro post sobre los delitos contra la seguridad del tráfico y así conozcas las conductas a las que nos referimos.

Si tienes cualquier duda sobre este tema, no dudes en contactar con nosotros a través de cualquiera de los medios que ponemos a tu disposición. Recuerda que para hacer cualquier trámite no es necesario ni que salgas de casa. Consulta las posibilidades.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.