Curiosamente, la semana pasada tenía previsto escribir un post sobre la (coloquialmente llamada) plusvalía municipal. Tenía en mente analizar las sentencias del Tribunal Constitucional que anularon las normas fiscales forales de los territorios históricos del País Vasco que sometían a tributación supuestos en los que no existía incremeto real del valor de un bien inmueble de naturaleza urbana en el momento de su transmisión. Pues bien, el Tribunal Constitucional ha emitido una sentencia que se ha dado a conocer en fecha 17 de mayo que, con toda lógica y coherencia, anula parcialmente el impuesto estatal de plusvalía. Debemos aclarar, antes de hacer el análisis, tanto del impuesto como de los aspectos más relevantes de la citada sentencia, que la plusvalía no ha sido declarada inconstitucional, es decir, es un impuesto totalmente legal y conforme a derecho; lo que ha hecho el Tribunal Constitucional es declarar inconstitucional el hecho de aplicar el impuesto sin que existiera incremento real del valor del bien transmitido.
Para empezar por el principio, ¿qué entendemos por plusvalía? Su nombre «oficial» es «Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana». Es un impuesto (tributo) directo que grava el incremento de valor que experimenten dichos terrenos (de naturaleza urbana), cuando ese incremento se pone de manifiesto a consecuencia de la transmisión de la propiedad de los terrenos por cualquier título o de la constitución o transmisión de cualquier derecho real de goce, limitativo del dominio, sobre los referidos terrenos (artículo 104.1 del RDLeg. 2/2004). Por lo tanto, el hecho imponible exige, como presupuesto necesario, que se produzca un incremento de valor del terreno en el momento del devengo del impuesto. Estamos en presencia de un impuesto de regulación estatal pero de gestión municipal. Por tanto, las ordenanzas fiscales de cada municipio complementan, en su propio ámbito de actuación, dicha regulación estatal. Seguir leyendo El Tribunal Constiucional ¿»sentencia»? la plusvalía municipal